Software Libre - Ley de telecom Bolivia - Art. 77

Software Libre - Ley de telecom Bolivia - Art. 77

Transcripción del art. 77 adoptadobr "br Art 77. Software Librebr br Los órganos ejecutivo, legislativo, judicial y electoral, en todos sus niveles promoverán y priorizarán la utilización del software libre y estándares abiertos, en el marco de la soberanía y seguridad nacional.br br El órgano ejecutivo del nivel central del Estado elaborará el plan de implementación de software libre y estándares abiertos en coordinación con los demás órganos del Estado y entidades de la administración pública.


User: severolipari

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Uploaded: 2011-07-21

Duration: 04:06

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